Si eres propietario de una vivienda y tienes alquilada dicha vivienda y de repente dejas de recibir el alquiler, querrás reclamar las cuotas impagas y finalizar el arrendamiento, en este articulo te explicamos como es el procedimiento que debes realizar.

En primer lugar, lo que se intentara será cobrar el alquiler que se ha dejado de percibir de una manera extrajudicial a través de un requerimiento previo, este paso aunque creamos que es inútil o que le podemos saltar no es así, ya que nos servirá en el futuro para evitar la enervación del desahucio, ¿y que es esto?.

Pues bien, la enervación del desahucio es una figura muy importante en los procedimientos judiciales de este tipo, ya que sino la evitamos el arrendatario podrá abonar las rentas reclamadas y quedarse en el inmueble, por lo que si lo que queremos además de cobrar las rentas impagadas es recuperar el inmueble, es importante hacer este requerimiento previo para que no quepa la posibilidad de dicha enervación.

La enervación solo se puede usar una sola vez a lo largo de toda la vida del arrendamiento, es decir si es la segunda vez que nos vemos obligados a recurrir a este procedimiento para cobrar las rentas impagadas la enervación no cabra.

Una vez enviado dicho requerimiento y habiendo sido este infructuoso tendremos que presentar una demanda de desahucio e impago de rentas y solicitar la finalización del contrato de arrendamiento así como el recuperar la posesión del inmueble a través de que el Juzgado desaloje al inquilino.

Frente a la demanda, el arrendatario tiene dos opciones, que es la de no oponerse a dicha demanda con lo cual se decretara el lanzamiento de la vivienda en la fecha que conste en el decreto de admisión de la demanda o la de oponerse a la demanda con lo que se celebrara una vista y se dictara la correspondiente sentencia.

Si tiene cualquier duda respecto al procedimiento o quiere recuperar su vivienda póngase en contacto con nuestro despacho y nuestros abogados le asesoraran durante todo el procedimiento.

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