
A todos nos ha pasado que en determinadas ocasiones en el trabajo por diversas
circunstancias tenemos que hacer mas horas de las que marca nuestra jornada laboral y luego
cuando queremos cobrar estar horas nos encontramos que nos ponen trabas para abonarlas o
para calcularlas, aquí te vamos a explicar las mejores formas de demostrar la realización de
estas horas.
En primer lugar, la empresa debe llevar un registro de las horas de los trabajadores como
obligación legal introducida en el Real Decreto Ley 8/2019, dicho registro debe ser puesto a
disposición de los trabajadores, pero ¿Qué pasa cuando la empresa no lleva a cabo dicho
registro?
Pues bien, en este caso, algunos Juzgados interpretan que si la empresa incumple dicha
obligación, esta debe de ser la que pruebe que dichas horas no se han realizado, es decir se ha
producido una inversión de la carga de la prueba a como existía anteriormente a la
introducción de este registro, en la cual, la carga de la prueba recaía sobre el trabajador con las
dificultades que llevaba a este el poder probar dichas horas.
Por otro lado, otros Juzgados estiman que la ausencia de registro no concede la razón al
trabajador automáticamente, sino que este deberá de aportar alguna prueba mas como
pueden ser correos, testigos o incluso geolocalización.
Si te encuentras en esta situación, ponte en contacto con nosotros y nuestros abogados te
asesoraran sobre como actuar.